Uber, Rappi y Glovo: ¿Nuevas formas de ser jefe?
La tarde del sábado quince de junio, Levis Díaz Chasín, migrante venezolano de cuarenta y cuatro años, fue atropellado mientras hacía una entrega en su motocicleta y, por consecuencia de aquel infortunio, se le amputó una de sus extremidades. “Repartidor de Glovo pierde pierna en accidente” relataron los medios esa misma noche y al siguiente día temprano, movilizados por los compañeros del agraviado -también repartidores – que temían que la empresa no se hiciera cargo de la salud de éste y que reclamaban por una respuesta clara y contundente.
Días después, en algunas columnas de opinión distintos especialistas se valieron del caso para denunciar todo un sistema perverso a la que estas empresas de plataformas digitales condenan a sus repartidores. Para ponerle una cara a la situación, agregaban que el ciudadano venezolano accidentado no había logrado de la empresa más que un comunicado expresando solidaridad. Esto fue replicado en redes sociales por un gran número de cuentas de agrupaciones que reivindican los derechos de esta nueva clase de trabajadores.
Esto no era verdad. Levis, a más de tres meses del suceso que cambió su vida, se encuentra en trámites para poder cobrar el monto del seguro por accidente que cubre a cada repartidor de la empresa mientras ejerce sus servicios. En el momento de la desgracia, nadie cercano a él sabía a ciencia cierta cuál sería su suerte, ni él mismo. No tenía dinero para cubrir cualquier terapia o gasto por operación y había leído que en estos casos era tan solo el SOAT el que se encargaría. Glovo no contestó sus comunicaciones hasta un día después, cuando los medios ya habían dado a conocer el caso. Pero contestó.
A pesar de ello, la cuestión laboral en las plataformas digitales debe ser revisada con detenimiento. La naturaleza de las relaciones y los derechos que se despliegan en el ámbito laboral deben ser claras para todas las partes. De lo contrario, puede que la explotación, la informalidad y el mercantilismo pase frente a los ojos sin que haya algo que se pueda hacer.
UN NUEVO MODELO
La economía gig aún no cumple dos años desde su llegada al Perú -de la mano de Glovo y con el respaldo inmediato de Uber Eats y Rappi-, pero su éxito es indiscutible y salta a la vista: masas de jóvenes movilizando grandes paquetes a dos ruedas se han convertido en el adorno de Lima y otras grandes ciudades. Se trata del boom de los motorizados. Hoy en día el servicio de delivery por aplicación se encuentra disponible para aliviar cualquier circunstancia: Si no hay tiempo para el mercado, si no se quiere caminar para comprar el almuerzo, si se olvida algún objeto o se quiere hacer llegar uno a un tercero, alguien está dispuesto a hacerlo por un módico precio y a la velocidad de las pistas.
Estas plataformas digitales han encontrado en el ejercicio de la intermediación un negocio redondo. Juntar al ofertante con el demandante es la labor y en la fórmula de negocio que presentan todos parecen ganar. Desde la figura de más poder, en la que se encuentran los altos directivos de estas firmas virtuales, hasta los subordinados, que se encargan del trabajo tangible de recoger y entregar encargos, y a quienes se les presenta su actividad laboral con la atractiva premisa de Sé tu propio jefe.
No cabe duda de que el trabajo de rider por aplicación no es un trabajo común, posee múltiples particularidades. Conseguir un empleo por este medio es tan sencillo como descargarse una aplicación en el celular y registrar datos personales básicos que cualquier red social requiere. Un par de minutos para conseguir un trabajo sin padecer por el estrés que generan las entrevistas laborales y sin la incertidumbre de no saberse contratado. Además que, al no existir horarios fijos ni un tiempo predeterminado que cumplir, cada trabajador puede armar su jornada laboral según se le acomode.
“Con este trabajo me conecto a la hora que quiero. No tengo que llegar obligatoriamente a las ocho de la mañana porque si no me regresan a la casa. Uno puede entrar a las diez, once o una de la tarde, a la hora que le da la gana”, comenta Jaime, un glover peruano de cuarenta años de edad que está a punto de cumplir tres meses en su labor y que inicia su jornada diaria aproximadamente a las diez de la mañana, después de dejar a su hija de seis años en el colegio. Hace poco menos de seis meses era la madre de Jaime quien se dedicaba al cuidado de su única nieta. Con su repentina muerte, además de cargar con la pena, la familia debió afrontar quién cuidaría de la pequeña Janice. Jaime y su esposa trabajaban prácticamente todo el día; dejaban su hogar antes de las ocho de la mañana y retornaban al atardecer cuando Janice ya había concluido sus deberes. No ganaban lo suficiente como para contratar a alguien. Jaime se vio obligado a renunciar y la familia completa a reducir sus ya limitados gastos. Así estuvo por dos meses hasta que -asegura él- la situación se hizo económicamente insostenible.
“Éramos tres bocas que alimentar y era imposible asumirlo con un solo sueldo. Mi esposa sólo gana un poco más que un mínimo. El cuarto en el que vivimos es alquilado, y tenemos que cubrirlo mensualmente, también. Entrar a Glovo ha sido la mejor decisión, realmente nos ha salvado” explica convencido.
Jaime se ha organizado con su esposa con una rigurosidad excepcional. En las mañanas, él es el responsable de la pequeña. La hace desayunar, la baña, la cambia y la lleva al colegio. Después de eso, empieza su jornada laboral hasta las dos y media cuando hace un alto para recoger a Janice de sus estudios. Almuerza con ella y la acompaña mientras hace las tareas hasta que Mariela llega a casa del trabajo, cuando le toca a ella hacerse cargo de la niña. A eso de las cinco, Jaime reinicia sus actividades como delivery hasta las diez de la noche. Así cada día.
Escenarios complejos como el de Jaime no son la excepción. Estas plataformas han ingresado en el país en el contexto preciso: cuando el mercado laboral carga con un estimado de más de doce millones de peruanos en la informalidad y cerca de un millón 365 mil jóvenes desempleados, según cifras del INEI (Instituto Nacional de Estadística e Informática).
“El hecho de poder ingresar a un trabajo que respete tus horas y te dé un seguro es muy limitado en la actualidad. Lo real es que si no tienes dónde trabajar y se te presenta una oportunidad como la que ofrecen esas aplicaciones, es difícil no aceptarlo sin pensarlo mucho. Las personas tenemos que comer y generar ingresos para nuestros bolsillos. Es por eso que ahora un número significativo de jóvenes apuesta por estos modelos de empleo, aun sabiendo que no son del todo seguros”, manifiesta la socióloga Alejandra Dinegro, quien trabaja -desde el despacho del congresista izquierdista Manuel Dammert- en el Proyecto de Ley 4243.
Dicha iniciativa legal, titulada Ley del empleo digno que regula a los trabajadores de plataformas digitales, establece de forma obligatoria la celebración de un contrato entre la plataforma digital y el trabajador, que estipule cuáles son las condiciones de trabajo en las que se realizan los servicios, el reconocimiento de un salario mínimo, un máximo de duración de la jornada laboral, un seguro de trabajo y el derecho a la sindicalización. En el país, además de la propuesta legislativa de Dinegro Martínez, existe otro proyecto más que apunta a regular las tareas que realizan los trabajadores de las plataformas digitales, presentado por el legislador acciopopulista Miguel Román Valdivia.
El interés por legislar en ese sentido no es arbitrario. Esclarecer la figura contractual -en los planos legal y académico- entre el rider y la aplicación se ha convertido en toda una tendencia global que adquiere más fuerza a medida que estas empresas se extienden a diferentes regiones del mundo. Y es que la propuesta de estas intermediarias digitales para definir al servicio que prestan sus motorizados supone nuevos retos para la doctrina laboral.
“Ellos no son nuestros trabajadores, sino que son colaboradores. Si quieres, llamémoslos emprendedores independientes que transportan los pedidos de los usuarios. Eso son, gente que transporta entregas. No hay ningún vínculo entre ellos y la empresa intermediaria” sostiene José Ignacio Bernal, director de Rappi en el Perú, sobre sus llamados rappitenderos.
Rappi aterrizó en el Perú en noviembre del 2018, constituyéndose como la tercera empresa intermediaria por aplicativo móvil del país y en pocos meses conquistó el mercado nacional. La inconfundible chaqueta naranja fosforescente de sus riders actualmente se cuentan por cientos en ciudades como Lima, Piura y Arequipa. No obstante, según registra la Sunat, son tan solo cuarenta y seis los trabajadores que la compañía reconoce. En la contabilidad, la firma colombiana solo se hace cargo ante el Estado de su personal de oficina.
“Nuestro equipo está a cargo de tecnología, gente de operaciones para garantizar que los tiempos de entrega funcionen, gente de soporte al cliente, soporte a los restaurantes y account managers para cada restaurante. Como toda empresa, tenemos una estructura de trabajadores que hacen que nuestro negocio crezca y esos son los trabajadores por los que Rappi lógicamente paga todos sus impuestos” indica el jefe del aplicativo anaranjado.
¿Y LOS RAPPITENDEROS?
La figura con la que Rappi y sus similares consideran a los riders que acatan los pedidos de sus usuarios es la del trabajador independiente. Con tal denominación, se da por entendido que la actividad económica que estos proporcionan la hacen sin estar vinculados a la empresa y que cada despacho que realizan no es más que un servicio aislado.
Esa calificación es rebatida mundialmente por un gran número de riders que sostienen que sus labores de despacho la realizan exclusivamente para la empresa, usando el uniforme de esta y por jornadas que superan las ocho horas diarias. Reclaman que se les reconozca como trabajadores dependientes. Tal figura en la doctrina laboral hace ahínco en el vínculo de subordinación que mantiene el empleado con su empleador, exponiendo de esta manera la necesidad de un sistema de garantías que haga contrapeso a la desigualdad inherente de la relación laboral.
Queda claro, entonces, que el rótulo bajo el que se pretende ubicar al trabajo desarrollado por los riders no es tan solo un debate de carácter sociológico, sino que constituye un asunto determinante para la presencia o no del Derecho del Trabajo mediando la relación. El problema de fondo es que si bien antes, para reconocer la naturaleza de un trabajo, bastaba tan solo con corroborar la existencia o no de una serie de características -tales como la sujeción económica del empleador a un único sujeto, la obligación a cumplir con un horario predeterminado por contrato por una de las partes, el respeto por una serie de códigos de conducta estipulado por la figura de autoridad, y su disposición a ser disciplinado y despedido por este- en la actualidad, en cambio, no existe consenso en la forma en que se deben valorar aquellas cuestiones.
“Hay distintos tipos de respuestas para definir al trabajo por aplicación. La cuestión de la flexibilidad en los horarios, por mencionar un factor, es toda una complicación. ¿Termina siendo un trabajo ocasional, como sostienen estas aplicaciones, o es más bien uno a tiempo completo, como más se ve?” plantea el especialista en relaciones laborales y ex asesor de la CGTP (Confederación General de Trabajadores del Perú) Carlos Mejía Alvites.
Mejía Alvites señala otros dilemas a la hora de aprehender al empleo de delivery por aplicativo. La misma dificultad resulta al responder si el trabajador depende económicamente de la empresa intermediaria que deposita sus ingresos directamente a la cuenta que cada trabajador registra como rider o si los percibe de cada usuario que solicita un despacho. Queda por aclarar si es que esa libertad que proclaman clave en el modelo laboral de las empresas intermediarias es real o por el contrario existen ocultos mecanismos de coerción para dar disciplina al trabajador de aplicación.
“Nosotros tenemos que ir donde la aplicación nos diga si queremos vivir de esto, aunque sea muy peligroso, ya que la empresa no hace diferencia entre lugares. Entonces tú vas con tu paquete y tu celular prácticamente en la mano, exponiéndote. El viernes pasado nomás le robaron a un compañero, le quitaron todo, hasta la bicicleta” cuenta Carla, una joven venezolana de veinticinco años, delivery de Rappi desde hace más de cinco meses. Llegó al Perú en el 2017 y estuvo trabajando como jaladora en Gamarra, pero tras la furiosa operación de formalización emprendida por el alcalde de La Victoria George Forsyth, al igual que muchos de sus compatriotas perdió su medio de subsistencia.
Carla ya tiene identificadas las calles más inseguras de Lima y en la medida de lo posible evita recorrerlas después de las nueve de la noche. Su horario es nocturno y para no rechazar pedidos la mayoría de veces termina exponiéndose. Ignorar un despacho sería perjudicial ya que la aplicación automáticamente le designaría menos. La joven detalla que si un rider rechaza pedidos más de dos veces en un corto periodo de tiempo, la aplicación inhabilita su cuenta por un par de horas. Por eso no es extraño ver a riders deambulando en espera de un pedido que se demora en llegar. “Al trabajo, cuando llega, no hay que soltarlo” sentencia.
“Hacer delivery es tu trabajo. Si te lo piden, lo tienes que hacer. Si no agarras un pedido, lógicamente tendrás algún tipo de penalidad” añade Wilfredo, técnico en Higiene y Salud Industrial, venezolano y compañero de Carla.
Otro es el panorama que describe el gerente de Rappi. “La aplicación lo que hace es premiar el buen desempeño y no premiar los desempeños no óptimos. Un desempeño óptimo es una persona que tiene un nivel de entrega aceptable, que recibe y cumple. Si la persona está rechazando los pedidos de nada sirve seguir mandándole más. Finalmente, a quien estaría perjudicando es al usuario final. Definitivamente tiene que haber algún tipo de, no de penalidad, pero no darle los mismos beneficios que a un rider o rappitendero que sí cumple con sus entregas”.
Para resolver estos desacuerdos, Mejía Alvites apela al principio de primacía de la realidad, una de las herramientas centrales de la doctrina laboral que sostiene que de existir divergencia entre lo que ocurre en la práctica y lo estipulado en el papel se debe dar mayor importancia a lo primero. Esto remitiría a estudiar la naturaleza de la relación laboral que se desprende de la interacción entre aplicación y motorizado.
Fotos de Jai G.
Tal consideración ha supuesto grandes logros judiciales en el extranjero. En junio pasado, en Barcelona la justicia española emitió un fallo a favor de nueve trabajadores de la plataforma por aplicación Deliveroo que denunciaban a esta empresa por vulneración de sus derechos laborales, tras haber sido despedidos después de haber realizado acciones de protesta por sus condiciones de trabajo. La sentencia del magistrado Raúl Uría Fernández, insta a la compañía a readmitir en sus puestos a los nueve afectados y a pagarles a cada uno más de seis mil euros como indemnización. El mismo documento resulta esclarecedor para la comprensión del trabajo por aplicación que realizan los riders, ya que para comprobar un despido arbitrario se hizo necesario que el juez pudiera sustentar la existencia de una relación que posibilite tal acción por parte de la empresa. Hace mención a resoluciones anteriores. “El trabajo con una relación de subordinación se caracteriza porque el empresario determina la elección de la actividad y las condiciones de trabajo y de retribución” es una de las citas. Asimismo el fallo resalta la asignación de un uniforme y una mochila de transporte.
Los nueve motorizados que lograron tal fallo fueron los dirigentes de la plataforma de corte sindical Riders X Derechos que agrupa a motorizados de distintas empresas de reparto a domicilio en España. En este tipo de empleos, la organización para defensa de derechos laborales se convierte en todo un reto. Jugando en contra se encuentran los vacíos legales que desampara a la masa de riders y las condiciones del trabajo en sí que los mantiene atomizados y aislados. En octubre del 2018 se constituyó formalmente el primer sindicato en América para trabajadores de aplicaciones digitales: la Asociación de Personal de Plataformas (APP), gremio argentino que logró que la Justicia Nacional del Trabajo solicite a nada menos que Rappi que cese con la conducta anti sindical desplegada.
Uno de los mayores impedimentos para la organización de los riders, según Carlos Mejía, se gesta internamente: la ideología que sostiene a este tipo de trabajo. En concreto, el marketero Ser tu propio jefe constituye una barrera difícil de superar en la mentalidad del rider que no encuentra a la figura antagónica del jefe a quien reclamarle por cualquier condición que atente contra su bienestar en el contexto de sus actividades productivas, como sucedía tradicionalmente.
“Existe una falsa conciencia en el trabajador de aplicación. Estas personas se sienten socios colaboradores o emprendedores, pero en la práctica son asalariados auto explotados” indica el especialista. Añade que estos motorizados son capaces de someterse a jornadas de más de doce horas para conseguir un sueldo para cubrir sus necesidades. “El cuestionamiento a la baja remuneración no cabe en el paradigma”.
“La mayoría no toma el trabajo en sus ratos libres, sino que nos quedamos aquí todo el santo día. Yo vengo aquí a las ocho y media o nueve de la mañana y me voy como a las diez de la noche, porque vivo en Independencia y se me complica con la bicicleta. Hay compañeros, en cambio, que pueden quedarse hasta la una de la mañana. Ese es el tema del que aspira a más” indica Sergio, un joven de veintitrés que anhela administrar su propio negocio en unos años, cuando logre ahorrar el capital suficiente. Su primer paso es juntar dinero para comprar una moto que lo vuelva más productivo en las entregas.
Sergio no deja de tener razón. Si un trabajador desea obtener un ingreso adicional al estipulado en su jornada predeterminada de ocho horas, la economía gig ha traído la gran solución. Dependerá de cuántas horas de su tiempo libre sea capaz de sacrificar. Son varios factores, por tanto, los que se hacen presentes a la hora de que cada persona opte por ser parte de esta clase de modelo laboral. No solo se halla la tolerancia del trabajador a los salarios sumamente bajos a los que se lo condena, y que en la práctica no cubre las necesidades reales que una familia tiene, sino que quedan expuestas otras falencias de nuestro sistema laboral.
LA NECESIDAD DE TRABAJAR
Wilfredo, en su condición de extranjero que llegó hace más de un año al Perú con la ola migratoria venezolana ha conocido de cerca las condiciones que el mercado laboral ofrece a las poblaciones más vulnerables. Antes de sumarse a la masa trabajadora de Glovo, tuvo solo un trabajo: el de conserje de un edificio en Surco. Le pagaban ochocientos soles, menos del salario mínimo, y su jornada se solía extender por un par de horas más de las nueve acordadas en un inicio, tiempo que no era reconocido como horas extras. No podía denunciar tal situación por el simple hecho de que sus papeles aún no estaban en regla. Tenía todas las de perder y era consciente de su situación le dio ventaja al momento en que sus empleadores lo seleccionen entre la creciente masa desempleada. Antes que él, quien desempeñaba sus funciones en el edificio era un peruano al que sí se le pagaba el salario mínimo vital. Fue en una reunión de vecinos en la que se discutió cómo recortar gastos, en la que optaron por que un venezolano sea ayudante del edificio. Él personificó literalmente el recorte de gastos de los vecinos de Surco.
Si bien Wilfredo llegó tan solo con su hermano menor al país, debía enviar dinero a su madre y a su hermana adolescente que esperaban en Venezuela por esa ayuda económica. Fue su hermano cuatro años menor, pero mucho más habituado a la tecnología, quien lo hizo conocer el trabajo por aplicación. Comenzó a ser un rider ocasional, tan solo los fines de semana, pero poco a poco terminó siendo su única actividad laboral. Considera que una de las ventajas principales de trabajos como los que ofrece Glovo, Rappi y Uber Eats es la no discriminación por su país de origen ya que empezó a sentirse una víctima constante de esta. Bastaba que en una entrevista laboral escucharan su acento venezolano para que las condiciones del puesto cambiaran.
“Sabemos que nuestra situación no se debe al Perú como tal. Sabemos que tenemos un oleaje de migración demasiado fuerte y todos queremos trabajar. Entonces el empresario estudia cuáles son tus derechos y beneficios. Llega el venezolano y por la necesidad de tener un cuarto y tener que mandar a Venezuela acepta ochocientos soles. Tú como peruano puedes no aceptar que te quieran pagar ochocientos soles por trabajar doce horas diarias, pero el venezolano que necesita ese dinero piensa que por ahora debe aceptarlo y que luego ya verá otra cosa. Somos una mano de obra sumamente barata para el empresario”.
“El empresario por eso prefiere agarrar a un venezolano que a un peruano. Sabe que lo va a agarrar por poca plata, ignorando todo, derechos, beneficios y profesionalismo. Porque aquí hay de todo. Nosotros que estamos sentados aquí tenemos miles de profesiones, aunque nos vean y piensen lo contrario. Somos médicos, abogados, contadores, pero no nos queda de otra. Aquí comenzamos desde cero” añade Carla.
Pese a que todavía no tenía los permisos que exige la ley, Wilfredo no tuvo mayores inconvenientes para iniciarse como glover. Si bien se hace necesario a la hora de registrarse en estas plataformas acreditar el número de DNI o el PTP (Permiso Temporal de Permanencia), existe todo un mercado negro para que cualquier persona pueda laborar sin problema alguno.
“En el caso de que el venezolano no tenga los documentos reglamentarios, puede alquilar una cuenta. Normalmente le pagan diez soles diarios a la persona dueña de esa cuenta y que no hace ningún tipo de inversión. Cuando ves cuánto es por treinta días, son trescientos soles que no hacen nada para ganar estas personas. Ya eso es viveza criolla, pero qué pueden hacer los compañeros. Eso es totalmente ilegal para la empresa porque esta es una cuenta intransferible” informa Wilfredo.
Sobre el tema, la gerencia de Rappi asegura que intenta que los rappitenderos hagan constar su identidad cada vez que acceden a la aplicación. Sin embargo, hay claridad en que existen formas de sacarle la vuelta al sistema. “Intentamos ser lo más activos posibles en la confirmación de la identidad de los riders, pero no hasta un punto de garantizar que no se alquilen cuentas” responde José Ignacio Bernal en nombre de la compañía.
Más allá de la cláusula que notifica la prohibición de que las cuentas de los riders se transfieran a terceros, no existe otra medida que luche contra esa situación. La condescendencia con la que dichas empresas tratan el tema de la suplantación de identidad -a pesar que resaltan como un factor diferencial de sus servicios esa sensación de seguridad para el usuario de tener en el teléfono los datos de quien hará la entrega del pedido- se explica por la falta de fiscalización estatal. Lo real es que varias de las prácticas de estas empresas intermediarias colindan con la informalidad.
Los tan solo cuarenta y seis trabajadores reconocidos por Rappi ante la Sunat, treinta y cuatro por Uber y sesenta y seis por Glovo no solo exteriorizan el desconocimiento que dichas aplicaciones tienen por los derechos laborales del gran universo de riders que sostienen sus servicios, sino que proporcionan mayores alcances sobre las particularidades de la economía gig.
Fotos de Jai G.
LA TRIBUTACIÓN
En septiembre del 2018, varios artículos periodísticos de medios españoles sacaron a la luz la fórmula con la que Uber esquivaba el pago de impuestos por su actividad central. Se hizo de público conocimiento que Uber Systems Spain, empresa constituida en dicho país, no es más que una prestadora de servicios de promoción y marketing de Uber International Holding, matriz que opera desde Holanda y que se lleva todos los ingresos que recauda por los servicios que los españoles pagan.
“Uber cumple con todas sus obligaciones fiscales en los más de setenta países en los que opera en todo el mundo. En realidad, Uber System Spain ofrece servicios de marketing local y apoyo en servicios, según reconoce la compañía en sus cuentas anuales” es una de las declaraciones desprendidas desde las oficinas holandesas.
De la misma forma, en el Perú la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) ubica a las actividades de Rappi y Glovo en la categoría de portales web y a la de Uber en la de programación informática, por más que la actividad real con la que estas sustentan su economía nazca de los contratos con restaurantes y empresas a los que ofrece el servicio de delivery.
“Acá lo que tenemos como Rappi, Uber y Glovo son en realidad empresas que hacen tareas conexas para las grandes firmas, tareas como puede ser publicidad y soporte técnico. Estas firmas locales pagan sus tributos con regularidad. El tema bajo la lupa es que la verdadera ganancia de estas marcas internacionales se encuentra en la intermediación digital. ¿Por eso pagan impuestos? No. Y no lo pagan básicamente porque la ley tributaria peruana no contempla estos impuestos” sostiene Fernando Centurión Valcárcel, abogado tributarista, quien alerta sobre la necesidad de establecer una reforma tributaria atendiendo aquellos flancos.
Si bien la Ley del Impuesto a la Renta se refiere a las empresas digitales en su artículo 9, la norma solo fija la tributación para el servicio de las compañías no domiciliadas cuando el servicio que brindan es consumido en el Perú por otra empresa, lo que no pasa en la economía Uber, en el que el consumidor final es la persona de a pie.
La otra cara de la moneda es la del migrante sin papeles que prefiere aceptar la precariedad si con ello puede evitar los costos de la formalidad. El descuento por tributación para un extranjero no domiciliado, es decir, un migrante que aún no cumple ciento ochenta y tres días en el país, es del treinta por ciento de su sueldo bruto. Sólo después de este lapso de tiempo, esta persona pasa a ser considerada domiciliada, con lo que puede acceder al pago del impuesto a la renta con una tasa de entre ocho y treinta por ciento según sus ingresos.
En esa línea, Centurión Valcárcel anota que una eventual reforma tributaria debe ser pragmática a la hora de proponer una solución al asunto de los migrantes, teniendo en cuenta que en agosto del presente año se contaban con más de ochocientos mil venezolanos en el Perú. Asimismo, el presidente del Banco Central de Reserva (BCR) se ha mostrado a favor de dar beneficios tributarios a los venezolanos que recién llegan al país para promover su formalización.
COOPERATIVISMO
Otros modelos alternativos a la economía gig son gestados en la actualidad. Mensakas es una aplicación de pedido online y entrega a domicilio que los miembros del grupo español Riders X Derechos han lanzado para crear puestos de trabajo dignos y seguir combatiendo la precariedad, según su página oficial.
“Mensakas será autogestionado por los propios trabajadores que gozarán de un contrato laboral y cotizarán a la seguridad social, como es debido. Ellos tendrán media jornada, o sea, trabajarán veinte horas a la semana y su ganancia será de siete euros por hora” indica Nuria Soto, dirigente del colectivo y una de las denunciantes de Deliveroo que logró judicialmente su reposición.
Nuria adelanta que en los pedidos pequeños, los precios por delivery de Mensakas serán mayores a los que ofrece su competencia gig, pero de otra forma el proyecto no se podría sustentar. Apuesta por que existen personas conscientes que querrán la causa y el bienestar de los trabajadores.
“Si el criterio para mantener la situación de Rappi, Uber Eats y otros deliveries es que de otra forma no es viable económicamente, eso no basta. Tiene que haber también un componente ético y un componente social a la hora de estudiar su vigencia” indica Alejandra Dinegro.
“Este fenómeno Uber es en buena parte cultural. Hay unos autores que hablan de la cultura neoliberal, que es la cultura de lo inmediato, hedonista e individualista. La pregunta de fondo es ¿Por qué necesito que haya un servicio que me traiga una comida que está a unas cuadras de mi casa? ¿Por qué yo no puedo caminar esas cuadras? ¿Es algo justificable? ¿Es algo necesario socialmente? Hay un tema sobre cómo pensamos la ciudad, el territorio y las relaciones en las personas. Porque efectivamente existen actividades económicas que socialmente no son éticas o no suponen un desarrollo social” sentencia Carlos Mejía.